FAES en seguridad publica: ¿Constitucionalidad y conveniencia? parte 2

En el post anterior hice referencia al uso –constitucional-- de la Fuerza Armada (FA) en tareas de seguridad pública, potestad que está condicionada al cumplimiento o satisfacción de ciertos parámetros. Habrá que valorar si esto se ha cumplido o no (personalmente creo que no). Ahora corresponde hablar sobre la (in) conveniencia de la adopción de esta medida.

El fin del conflicto armado y los acuerdos de paz dieron paso a un gran cambio en materia de seguridad: la separación de la FAES en tareas de seguridad pública, esto hizo presagiar una disminución de la participación de la institución castrense en el ámbito interno siguiendo un esquema democrático de la seguridad que separa la defensa nacional de la seguridad pública.

Sin embargo, La situación delincuencial se ha convertido en una demanda central en la agenda pública salvadoreña y desde hace varios años atrás los diferentes gobiernos se han enfrentado con la fuerte presión de reducir de manera efectiva la inseguridad y muchos han caído en la tentación de utilizar cualquier medio que tenga un efecto inmediato (además de electoral) y visible para enfrentar la problemática. De ahí que la Fuerza Armada o empresas privadas de seguridad, se ha convertido en los recursos del que se ha echado mano para eso. Con eso se ha caído en el esquema de la demagogia punitiva, es decir, “cuando se piensa la seguridad como el orden en las calles”1. Con eso solo se logra en apariencia disuadir por momentos la comisión de algunos delitos pero no combatir la delincuencia.

Encuentro algunas razones para establecer esta “inconveniente decisión”:

1. Se parte de la peligrosa idea que reza que la Policía ha fracasado, “ha sido rebasada”. Y como respuesta se recurre a la FAES. De esta manera se deslegitima la institucionalidad creada para ese fin y se relegitima una situación que se creyó superada tras los Acuerdos de Paz al relegar a la FA de esta materia. (y vaya que no fue por haberse portado bien)

  1. Los militares no están capacitados para desarrollar esta tarea, que entre otras cosas implica velar por los derechos ciudadanos a través del apego a la ley y procedimientos establecidos a los agentes policiales. Este fin de semana un reporte de LPG da cuenta de un registro de efectivos militares –sin presencia policial—lo cual es un abuso. Ver nota http://www.laprensagrafica.com/el-salvador/judicial/40976-ejercito-inicio-registros-preventivos-en-colon.html
  2. Si un gobierno se enfoca en sacar más militares a las calles quizá muchas personas se sientan seguras, pues es un “Plan Escoba”: se sale a barrer las calles, pero lo que genera basura sigue estando allí. Por eso es que este tipo de medidas funciona bien cuando tenés gobiernos que desean ganar unas próximas elecciones (como Paquito Flores y Saca) o tener una buena calificación tras 100 días de gestión
  3. La historia reciente da cuenta del incremento de los crímenes (homicidios y extorsiones) a pesar de la mayor presencia de la PNC y FAES en las calles. Los grupos de tarea conjunta se lanzaron cuando en este país morían 7 personas al día, hoy mueren 13. Las extorsiones se multiplicaron y complejizaron. En México el despliegue de las Fuerzas Armadas tampoco ha impactado positivamente en la violencia desatada en algunos estados de ese país.
  4. Tampoco resulta conveniente hacer una interpretación tan ligera de la Constitución, arrogándose una facultad amplia cuando la suprema norma es restrictiva. ¿qué hay del Estado de Derecho?

Ahora bien, dada la situación que vivimos, habrán muchos que ven con buenos ojos esta medida pues el crimen es insoportable. Supongamos que socialmente, esta decisión es justificable (yo creo que no) y que las autoridades cumplen las exigencias constitucionales para desplegar la FA en tareas de seguridad pública, es decir, que se utilice excepcionalmente y por un período, entre otras cosas. Si así fuera, corresponde también considerar:

Ser transparentes sobre el impacto de esta decisión (informar si realmente ha tenido efecto esperado); Establecer una misión clara (de sometimiento a la PNC y evitar el registro unilateral de ciudadanos); apostar por un proceso de fortalecimiento de la PNC para que vuelva asumir exclusivamente su función.

Conclusión

El Presidente de la República tiene la potestad constitucional para utilizar la FAES en tareas de seguridad publica, mediante la satisfacción de varios requisitos. Ni los gobiernos anteriores ni el presente han dado muestras de cumplir con esta disposición. En su lugar hacen una interpretación amplia y ambigua de la Carta Maga. Sólo resta que la legislatura se mantenga vigilante.

La utilización de la FA puede ser contraproducente en la medida que se deteriora la credibilidad en la PNC y dados las nuevas misiones militares se destinen menos recursos para fortalecer policía y mas recursos a FAES dada la relevancia que esta cobrando. Adicionalmente, el efecto inmediato de esta medida es un espejismo que aún no muestra efectividad.

Tengo sueño....


[1] Políticas de Seguridad Ciudadana y Justicia Penal, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Siglo XXI, 2004. Argentina. P. 16.

Comentarios

Carlos Abrego dijo…
Me parece correcto tu punto de vista. Se trata de una medida que tiene como objetivo calmar la inquietud de la gente. Pero que se sabe que su eficiencia no ha sido demostrada, ni es de esperarse.

Sobre todo que lo que publica La Prensa Gráfica, muestra que la Fuerza Armada actúa sola y es ella la que está realmente "desbordando" a la policía, a la Constitución y a las precuaciones y matices que introdujo Funes.
El nivel que ha alcanzado la criminalidad obliga a una reflexión mayor. Los planes "mano dura" y "mano super dura" fueron un fracaso. No hubo una reflexión que planificara la coordinación entre la investigación, la represión y la prevención. Hoy se informa que cada fiscal tiene 150 expedientes a investigar. Esto los obliga a abandonar simplemente algunos, por ausencia de indicios evidentes y dedicarse en los que hay mayor número de indicios. La investigación es un factor clave.

Pero el combate de la criminalidad no puede verse tampoco como una "guerra", ni se puede emplear ese tipo de lenguaje, ni mucho menos adoptar una "filosofía" de este tipo. Es por eso que es necesaria la inclusión obligatoria y prioritaria de la prevención, que implica un trato social del problema.

En todo caso, me ha gustado mucho tu planteamiento.