Combate a la impunidad salvadoreña en EEUU

Ciertamente en El Salvador la élite política y funcionarios encargados de administrar justicia han cerrado las posibilidades de enjuiciar los delitos cometidos en el pasado y que constituyen graves violaciones a derechos humanos. Cuando una demanda es válida y necesaria, busca y encuentra espacios para encausarse. Los tribunales de otros países y tribunales internacionales han sido la opción.

En Estados Unidos de América por ejemplo, existen dos leyes que han posibilitado estos reclamos: The Alien Tort Claims Act (Ley de errores cometidos por un extranjero) promulgada en 1789 y The Torture Victim Protection Act (Ley sobre protección de la víctima de la tortura) de 1992.

En virtud de estas normativas una víctima de tortura y ejecuciones extrajudiciales puede emprender acciones civiles federales en ese país. Para que esto proceda, tanto la víctima y ecomo el victimario deben ser residentes en ese territorio; el imputado debe tener cierta relación con Estados Unidos (bienes por ejemplo). La naturaleza de estas demandas es civil.

Con estas leyes se ha enjuiciado a militares chilenos, argentinos, guatemaltecos, salvadoreños y hondureños.

El precedente contemporáneo más antiguo es el caso "Filartiga contra Peña-Irala" en donde un tribunal del segundo circuito estableció algo importante: "la tortura deliberada perpetrada bajo la protección de la autoridad oficial -under colour of official authority- viola normas de derecho internacional de los derechos humanos universalmente aceptadas sin tener en cuenta la nacionalidad de las partes".

Cuando leí esto, me pareció muy coincidente con la doctrina de la jurisdicción universal., en relación a ampliar las jurisdicciones. muy interesante!

Es por esta vía que se condeó a Alvaro Saravia a cancelar 10 millones de dólares en el caso Romero, actualmente es prófugo. En este caso, el juez que conoció dijo la muerte de Monseñor Romero se condera un ataque generalizado contra la población civil, a saber, un crimen de lesa humanidad.

Otro caso interesante fue la condena de dos ex ministros de defensa para que cancelaran cincuenta y cinco millones en el caso de tres refugiados salvadoreños . Lo llamativo de este caso es que los militares fueron condenados por violaciones de derechos humanos basadas exclusivamente en la teoría de la responsabilidad por la cadena de mando, es decir, por la convicción de que ellos tenían control efectivo sobre sus subordinados. Recuerdo que en este caso se apeló y no recuerdo en qué carajo erminó (luego completaré).

Bien, pues más que el "derecho internacional" ha sido un tribunal ajeno el que ha dado acogida a esas cosas que muchos prefieren olvidar.

Comentarios

Tim dijo…
Hola Ixquic,

La historia del caso contro los dos ex ministros está aqui. Un otro caso es el juicio contra Colonel Nicolas Carranza -- aqui.

Pero, el estatuto de limitaciones de la Alien Tort Claims Act es 10 años y comienza en 1992 con los acuerdos de paz. No es posible comenzar un nuevo juicio sobre los eventos durante la guerra.

Tim